Se hace merced del derecho de señoreaje a favor de las personas que llevaren plata de vajilla, a labrar a las Casas de la Moneda, o moneda de plata de la que hoy corre para reducirla a la del nuevo tipo; además los que llevaren a labrar pasta , vajilla o moneda de la que hoy corre para reducirla a esta nueva labor, gozarán del beneficio de tres cuartillos de plata y se les entregarán en las Casas de la Moneda 82 Reales por cada marco y a los que llevaren vajilla o moneda de quienes no se ha de cobrar el derecho de señoreaje, se les entreguen 83 reales en moneda nueva.
(Pragmática del 14 de octubre de 1686).
Último cuarto del siglo XVII. Aun estando en lo que Ribot denominó “el auge del Reformismo”, España vive sumergida en una fuerte crisis económica y en un escenario donde abundaba el vellón y el cobre pero donde el circulante, tanto de plata como de oro, era prácticamente testimonial. Algo, aparentemente, difícil de comprender si tenemos en cuenta que las colonias americanas seguían produciendo estos materiales de manera masiva. De fondo, el problema sucesorio ya se vislumbraba y todos los actores, internos y externos, empezaban a maniobrar en busca de sus propios intereses. Además, a las propias limitaciones del Rey y a estos problemas económicos caseros, se suman fracasos internacionales como el de Nithard o Lisboa, que terminaron con los Países Bajos en manos de Francia y con la independencia de Portugal.
La Pragmática del 14 de octubre pretendía poner un cierto orden en las acuñaciones del Reino, especialmente en las de plata. Uno de los principales cambios que trajo esta Pragmática fue, además del peso, la devaluación de la masa de las monedas en aproximadamente un 20% de su peso. Así, el módulo de 8 Reales pasaría de 27 a poco más de 21 gramos.
Posiblemente en un intento de evitar el rechazo entre la población y generar cierto interés por estas devaluadas piezas se optó por un cambio muy notable en su diseño: por primera vez desde la Edad Media se recurre a la temática religiosa; y es que, ¿quién podría rechazar una moneda con el anagrama de la Virgen María y que luce el lema de Virtute Protectione?
A partir de estos momentos tendremos que diferenciar dos tipos de 8 Reales: el llamado Escudo de Plata, la moneda de siempre, y el nuevo Real de a 8 o tipo María, o como realmente se llamó en la época: el Real de Plata.
El ámbito de circunscripción de esta moneda se reduce a la península e incluso algunos investigadores van un paso más allá y lo reducen exclusivamente al área de Castilla. Además, su corta acuñación se reduce al Ingenio de Segovia (desde 1686 a 1691), Sevilla (1682-1701) y Madrid (1689-1699). Aunque acuñó muy pocas piezas, el hecho de que Felipe V acuñase algunas Marías confiere un especial interés a estas monedas, que se sitúan en la frontera, no sólo del cambio de siglo, sino también en los límites de un cambio de dinastía en nuestro país.
Catalogación:
Carlos II (1665-1700)
Ceca: Segovia
Datación: 1687
Valor: 8 reales
Catálogo: Cal-2019-774
Conservación: MBC+. Raya en anverso
Metal: AG
Peso: 21’55 g
Diámetro: 37 mm
Rareza: Muy rara
Anverso: CAROLVS • II • D • G • HISPANIAR • REX alrededor de un escudo de armas de Castilla y León coronado y rodeado por collar, entre acueducto y ensayador BR
Reverso: PROTECTIONE • 1687 • VIRTVTE alrededor de monograma de MARIA, encima cruz, entre marcas del ensayador R y valor 8
Imagen: Ibercoin Subasta Online Monedas#48. Lote 402