Acercamiento al estudio
Cuando Jaime I tomó posesión de la Corona de Aragón, Mallorca era territorio musulmán. Fueron los mercaderes de Barcelona, Tarragona y Tortosa los que pidieron al rey en una reunión celebrada en diciembre de 1228 los que le ofrecieron sus naves para ayudar a la conquista del archipiélago. Tras diferentes disensiones entre unos y otros, no sería hasta el 5 de septiembre de 1229 cuando partiese la escuadra aragonesa a la conquista de Mallorca, que a la sazón pertenecía al gobernador almohade Abú Yahya, entablándose días después una confrontación entre ambos bandos de los que salieron vencedores los aragoneses -batalla de Portopí, acaecida el 13 de septiembre-. De esta manera, Mallorca se constituiría en un reino más de la Corona de Aragón bajo el nombre de “Regnum Maioricarum et insulae adiacentes”, obteniendo carta de franqueza y poblacional al año siguiente (1230 d.C.), si bien el propio rey conquistador permitiría cierta autonomía a una aún islamita Menorca, que bajo estricto vasallaje siguió perteneciendo a Abu-Umar hasta que este se vio forzado a abandonarla, dando paso a una cristianización máxima del archipiélago balear.
Inicialmente se declaró obligatoria en la ínsula mallorquina la circulación de la moneda cristiana de tern alternándose con la moneda árabe precedente cuyos vestigios numismáticos eran los dirhams locales cuadrados de Mallorca y Menorca, labrados durante la primera época de taifa, como tras la invasión almohade.
Tras el fallecimiento de Jaime I en 1276, y como consecuencia de su peculiar testamento, le tocó a Jaime II de Mallorca (1276-1311), hacerse cargo de este reino junto a otros territorios ultra pirenaicos en la Occitania franca (Montpellier), proyectando su vasallaje a Barcelona en 1278, tras haber tomado la decisión previa de no acuñar moneda propia hasta 1300.
Sin embargo, Jaime II se incorporó en este último año a la técnica impositiva inventada por los restantes reyes peninsulares. Concretamente implantó el impuesto del “morabetín”, pagadero de siete en siete años, por el que se establecía su “pecho-pago” a las agrupaciones familiares que tuvieran un mínimo de diez libras de reales menudos como patrimonio mínimo. Al convertirse en una carga familiar, pronto pasó a titularse “fogatge” en recuerdo del fuego u horno de cada hogar, tributo que como Álvaro Campaner nos indica en su “Numismática Balear” perviviría hasta 1784, siendo suprimida esta gabela por Carlos III.
Mientras tanto, la Corona de Aragón mantuvo una estructura institucional y territorial, en la que se permitía la acuñación de monedas específicas para cada espacio geopolítico. Así se realizaron acuñaciones extra peninsulares en Sicilia desde Pedro III; en Cerdeña desde Jaime II; en algunos territorios griegos como el principado de Acaia o en los ducados de Atenas y Neopatría -en alusión al Infante Fernando de Mallorca, escogido por guerreros de esta Gran Campaña Catalana como posible soberano o príncipe-, y en el Reino de Mallorca, que tras muchas vicisitudes de toda índole acabaría siendo entregado por el rey privativo e independiente de Mallorca Jaime III -último de la aventura insular- a la Corona de Aragón en tiempos de Pedro IV el Ceremonioso, que mantendría tipos y denominaciones específicas.
Numismáticamente hablando, Mallorca, entendida como reino tuvo dos fases: la primera, con autonomía propia entre los años 1229 y 1343; y la segunda, como soberanía unida a la Corona de Aragón desde 1343 en adelante.
En esta primera fase comentada, ubicada entre los años finales del siglo XIII y el siglo XIV, se produjo la entrada de este reino como entidad política autónoma completamente independiente. Se estableció un sistema monetario de carácter trimetálico de apariencia, con tres especies metálicas acuñadas: por un lado los “Rals d´or” o “Reales de Oro”, que hacia 1310 está documentado que se labraron a ley de 23 quilates y talla de 60 en marco (peso medio de 3,85 gr. y diámetro de 23 mm); los “Ral´s” o “Reales”[1] de plata que desde 1.300 se labraron con ley de 11 dineros y talla también de 60 en marco (3,60 gr. y 24 mm); y el vellón rico en forma de “doblers” o “dobles dineros”, “diners” o “dineros simples”, y “maias/mallas” (o “mayas/medios”), con leyes en el marco respectivamente de 2,75 dineros y tallas de 11 (1,65 gr. y 20 mm); 22 (1,65 gr. y 20 mm) y 44 (0,80 gr. y 16 mm), que fueron introducidas por Jaime II quien, pese a todo, se vio obligado por la extraña herencia recibida por parte de su padre y como hijo menor suyo que era, tuvo que aceptar obligatoriamente el vasallaje de Mallorca y de sus condados más allá de los Pirineos en favor de su propio hermano Pedro III.
En la mayoría de las emisiones privativas de estos nuevos reyes privativos de Mallorca -principalmente en las de vellón, aunque también se produjo para las de oro y plata- se adoptó como tipo básico standard del reverso una cruz romana o latina con un brazo mayor que los otros tres, que atravesaba la leyenda en la parte inferior, a la par que, del otro lado, se representaba en la mayoría de los casos la efigie del rey coronado de frente, reflejando en su anverso el título real de Mallorca: “Rex Maioricarum”.
En términos generales se podría decir -aunque por supuesto no pasa de ser nuestra opinión, y por ende totalmente subjetiva- que fueron unas de las labras medievales de mayor belleza jamás producidas, pues estaban dotadas de un contenido estético nunca igualado en territorio hispano. Por desgracia, tan sólo duró mientras la autonomía monetaria de la isla fue un hecho, es decir, hasta el ya citado año de 1343. Por tanto, los reyes mallorquines que desplegaron y utilizaron este sistema monetario fueron: Jaime I, el Conquistador (1231-1276); Jaime II de Mallorca (1276-1285, y posteriormente, 1295-1311); Alfonso III el Franco (1285-1291); Jaime II el Justo de Aragón (1291-1295); Sancho I de Mallorca, el Pacífico (1311-1324); y Jaime III de Mallorca, el Temerario (1324-1343).
La segunda fase monetariamente hablando de las amonedaciones mallorquinas tendrían su comienzo en este último año en el que Mallorca fue unida a la Corona de Aragón por Pedro IV (1336-1387), que mantendría las especies autóctonas de las islas realizando escasas emisiones, de las que, sin embargo, aumentó su número pues acuñó además divisores de las misma, pero eso sí, alterando sus relaciones de intercambio, trueque o permuta. Así el “Ral d´or” pasó a valer 20 sueldos y el “Ral” de plata, 2 sueldos, o lo que era lo mismo 24 dineros.
Más tarde, durante la soberanía de Juan I (1387-1396) se suprimiría la acuñación de “Rals d´or”, para labrar en Mallorca piezas de florines -tipología áurea circulante en toda Europa en ese momento-, que tendrían una equivalencia paramétrica de 15 sueldos mallorquines, manteniéndose a su vez el “Ral” de plata, y eliminando el vellón que dejaría de acuñarse hasta que Martín I (1396-1410) lo recuperase, ya con peor ley -de apenas 1,5 dineros y talla de 24 sueldos en marco-, para intentar reajustar el patrón “Ral” argénteo en un fracasado intento de unificación que a la postre no se produjo.
Fernando I (1412-1416) mantendría durante su gobierno el citado sistema monetario trimetálico de apariencia y Alfonso IV (1416-1458, Alfonso V de Aragón) lo modificó levemente alternado su composición. Así, se volvería a acuñar el “Ral d´or” durante el año 1424 de forma escasa, pero con una ley de 20 quilates y talla de 64 en marco, lo que suponía fabricar monedas de 3,64 gr. pudiendo pasar así casi por un ducado, que tenía un peso teórico ligeramente inferior. Por otro lado, los “Rals” de plata se harían a talla de 72 piezas y con ley de 10 dineros, continuándose la acuñación de “doblers” y “diners” con una muy baja ley de 1,5 dineros.
Este mismo monarca, Alfonso IV, concedería licencia para que se acuñase también en la isla de Menorca hacia el año de 1425, unos curiosos y peculiares “diners” de vellón, algo cortos de peso (0,85 gr. y 15 mm) en los que se representaba su busto de perfil a derecha, y el escudo de esta segunda ínsula balear en importancia y extensión con la inscripción monetaria “Alfonsvs Rex/Minoricarum”, previsiblemente en la fabricada “ex novo” ceca de Ciutadella. Esta concesión especial entregada por el rey “Magnánimo” -pues así le apodaría la historia a Alfonso- debió de durar muy poco tiempo pues hacia el año 1454 se suprimió definitivamente.
Es necesario indicar, por último, que Juan II (1458-1479) también acuñaría en la isla de Mallorca piezas de vellón, plata y oro, pero basándose casi de manera exclusiva en consideraciones políticas ya que, a estas alturas de su decadente recorrido como reino, dicha funcionalidad fue casi imposible de implantar en una soberanía que estaba muy próxima a unificarse en lo que a día de hoy se conoce geográficamente como “España”.
Para finalizar Fernando II (1479-1516) realizó una política monetaria continuista con respecto a la de Alfonso IV en Mallorca, en la que el oro se vio representado de manera mayoritaria por los“ducats” y “mig ducats, labrados en lo que se puede identificar ya sin duda alguna un estilo eminentemente renacentista, y en unos muy bonitos “rals” o “reales de plata”, que imbuidos del mismo tipo de diseño artístico, la principal característica visual más obvia es la representación del escudo de las islas rematado de una cruz latina que complementa la parte simbólico religiosa de estas últimas tipologías medievales entalladas en las Baleares, que se rodea de la inscripción “Mairicarum Catolicvs”, que darán perfecto colofón a esta labras mallorquinas con el mismo apodo con el que pasaría a la posteridad tan afamado y renombrado monarca.
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Notas
[1] Para el oro también llegaron a labrarse divisores llamados “mig” o “quart” (medio o cuarto) “de Ral”; mientras que para la plata tan sólo nos consta la existencia del “mig ral” (“medio real”).